Celular 300 218 46 69, Divorcio Mutuo acuerdo y Contencioso, Organización Patrimonial Pre-Muerte, inventario solemne de bienes, Sucesiones, Herencias.
Es la sesación de los efectos personales del matrimonio. El artículo 34 de la ley 965 de 2005 dice que el divorcio ante notario (mutuo acuerdo) se realiza con la intermediación de un abogado. Cuando no existe acuerdo entre las partes de debe iniciar un proceso por vía judicial, el abogado presenta la demanda invocando una causal de divorcio.
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